martes, 27 de agosto de 2013

EDUCACIÓN RELIGIOSA EN ESCUELAS PÚBLICAS DE SALTA ¿NECESIDAD O IMPOSICIÓN?

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Antecedentes. 3. La sentencia de Cámara: cese de las conductas impositivas y no adoctrinamiento en materia religiosa. 4. La sentencia de la Corte de Justicia de Salta: adoctrinamiento religioso y programas alternativos para los no católicos. 5. Epílogo.

1. Introducción

“Vivir en una sociedad laica significa que a nadie se le puede impedir practicar una religión ni a nadie se le puede imponer ninguna. O sea, que la religión (incluida la actitud religiosa que niega y combate las doctrinas religiosas en nombre de la verdad, la ciencia, la historia, etc…) es un derecho de cada cual pero nunca un deber de nadie y mucho menos de la colectividad”[1]

La frase de Fernando Savater sale a nuestro encuentro por otro caso de avasallamiento a la sociedad laica, plural y diversa. Nos referimos al fallo de Corte de Justicia de la provincia de Salta que declara constitucional la enseñanza de religión católica en las escuelas públicas de esa provincia.
El Estado del noroeste argentino parece ser tierra fértil para el integrismo religioso, es decir, para aquel sector de creyentes que conforme los caracteriza Umberto Eco, presionan para que sus dogmas y doctrinas sean el molde de la vida política, social, y fuente de las leyes.

Esa tendencia extrema e impositiva de religiosidad se ha visto plasmada en políticas públicas de la provincia norteña, en el caso que nos ocupa, en la Ley Provincial de Educación N° 7546 cuyo artículo 27 inciso ñ establece como uno de los objetivos de la educación primaria en la provincia el de “brindar enseñanza religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase, atendiendo a la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos. Los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa”.
Las observaciones - a priori - de la norma permiten señalar, en primer lugar, que la autoridad escolar considera que es positiva la enseñanza de religión, soslayando el oscuro y violento pasado de muchas de ellas, sobre todo de las que “en nombre de Dios” mataron y asesinaron a miles de personas, precisamente, por no aceptar ni creer su fe y dogmas[2]

La segunda cuestión a observar, es que la materia religión forma parte del plan de estudios junto a las ciencias que se imparten en el sistema primario, con la debida adecuación a niños de corta edad. Surge acá el error de colocar a lo pseudocientífico e indemostrable, junto a las ciencias y al conocimiento.
La tercera observación, es que se justifica la enseñanza religiosa en el derecho de los padres y tutores a imponer a sus hijos y pupilos sus convicciones religiosas, derecho relativo y cuestionable si los hay.  Se suma a ello un prejuicio: considerar que todos los padres tienen creencias religiosas (y las practican), cuando el fenómeno que se observa en la realidad argentina y mundial es el contrario: la mayoría de los ciudadanos/as no practican religión alguna, es decir, son indiferentes al fenómeno religioso, Salta incluida.

Finalmente, permitir que la autoridad religiosa (obispos, pastores, imanes, rabinos), sean quienes fijan los contenidos de la materia y otorgan el aval para que los docentes tengan habilitación es una flagrante violación al sistema representativo y republicano.
Vienen a la memoria los conflictos que la enseñanza de religión católica ha traído aparejados en España, donde además de violar elementales derechos de docentes, padres y alumnos, el Estado español acepta ingenuamente que sean los obispos católicos quienes “propongan” a los docentes que consideren más idóneos para dictar la materia religión. Como no es de extrañar, el pago de los salarios corre por cuenta del Estado.

Esas primeras observaciones a la norma educativa salteña, tuvieron repercusión en los sectores sociales laicos o que no profesan la religión católica y cuyos hijos concurren a las escuelas públicas.
Los cuestionamientos se materializaron en un planteo judicial que obtuvo dos pronunciamientos disímiles: el de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, y el del máximo Tribunal de justicia de la provincia, que pasamos a comentar.

2. Antecedentes
Un grupo de madres de alumnos de diversas escuelas públicas salteñas, más la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), dedujeron acción de amparo colectivo contra el Gobierno de la Provincia de Salta y el Ministerio de Educación de ese estado. El objeto del mismo, la declaración de inconstitucionalidad del art. 27 inciso ñ de la Ley Provincial de Educación N° 7546, como también la inconstitucionalidad de las actividades de la autoridad escolar que establecen como obligatoria la enseñanza de religión católica en las aulas de las escuelas públicas.

Los derechos que se invocaron como vulnerados son los de libertad de culto, religión y creencias, igualdad, educación libre de discriminación, intimidad, libertad de conciencia y respeto a las minorías étnicas y religiosas. De modo subsidiario, solicitaron la inconstitucionalidad del artículo 49 de la Constitución Provincial y del artículo 8 inciso l) de la ley de educación.
La finalidad de la acción de amparo fue “evitar el trato desigualitario y discriminatorio que ocasiona en su aplicación práctica el dictado de la materia educación religiosa en las escuelas públicas”.

La petición se completó con el relato de una serie de hechos que reflejan la lesión al pluralismo, la discriminación, el trato no igualitario, y la intolerancia religiosa que suceden en numerosas escuelas de la provincia como consecuencia de la aplicación de la ley, a saber: imposición del rezo de la oración diaria; forzar a un menor a permanecer en el aula pese a manifestar que no querer estar cuando se realizaban actividades religiosas, habiéndolo calificado con baja nota; obligación de los niños no católicos a salir del aula, retirándose a la biblioteca, sin una actividad alternativa, con todas las consecuencias que en su psiquis puede aparejar dicho acto impositivo y discriminatorio.
Esos hechos fueron potenciados por la conducta de los funcionarios responsables de la educación que, en vez de permitir el ejercicio del derecho de los padres a decidir si sus hijos recibirán educación religiosa o no, incurren en prácticas impositivas de la religión católica.

3. La sentencia de Cámara: cese de las conductas impositivas y no adoctrinamiento en materia religiosa.
El primer pronunciamiento comienza por abordar la cuestión de la legitimación activa de los amparistas, ya que la defensa de la Provincia y la Fiscalía de Cámara tuvieron como primer objetivo desarticular aquella.

El Asesor de Incapaces N° 4 adhirió al dictamen fiscal relativo al rechazo del planteo de inconstitucionalidad, el acogimiento de la excepción de la falta de legitimación activa respecto a algunas actoras, como también al rechazo del amparo colectivo. Estuvo a favor de admitir parcialmente el amparo respecto a otras cinco amparistas, reconociendo, además, que el Estado provincial omitió incorporar en la ley una alternativa  para aquellos niños que no desearen recibir educación religiosa. Recomendó a la Provincia incorporar aquellas alternativas, se trate de valores éticos o la enseñanza de religión no católica, al esquema escolar del año 2012.
Si bien la cuestión de la legitimación de los accionantes y la viabilidad del amparo fueron muy importantes en la valoración del magistrado (quien finalmente hizo lugar parcialmente a la excepción de falta de legitimación activa interpuesta contra tres amparistas, imponiéndoles costas), la cuestión más jugosa está en los derechos en conflicto y los argumentos esgrimidos por el juez.

Las normas locales que justifican la enseñanza de religión en las escuelas públicas salteñas, mencionadas en el fallo, son las siguientes: la Carta Magna provincial, cuyo artículo 48 establece como fin de la educación “el desarrollo integral, armonioso y permanente de la persona en la formación de un hombre capacitado para convivir en una sociedad democrática participativa basada en la libertad y la justicia social”; el artículo 49 que enumera las bases de la educación salteña, de las que se excluye la laicidad (“La educación pública estatal es gratuita, común, asistencial y obligatoria en el nivel que fije la ley”, primer párrafo), pero incluye el derecho de los padres y tutores a que sus hijos o pupilos “reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones”; la ley 7546, reglamentaria de aquellas normas, que incluyen el derecho a la educación religiosa en los artículos 8 inc. m y 27 inc. ñ referidos a la educación primaria, con aval de la autoridad religiosa que corresponda; y finalmente, la Disposición N° 045 de la Dirección General de Enseñanza Primaria y Educación Inicial, que regula los formularios que deben llenar los padres y tutores para optar (o no), sobre la participación de sus hijos en clases de religión.
Es de destacar - nuevamente - la alta valoración que las autoridades políticas salteñas tienen del factor religioso, incorporándolo como un ítem que contribuiría al desarrollo “integral, armonioso y permanente de la persona”, hecho totalmente cuestionable si nos atenemos a la historia de las religiones, sobre todo en lo que atañe a la ética[3]

Respecto al marco normativo nacional y de los Tratados internacionales, el juez tuvo en cuenta la enumeración que la CSJN hizo en el caso “Alvarez” de diciembre de 2010, que abordó la cuestión de los principios de igualdad y prohibición de toda discriminación contenidos en el artículo 16 de la C.N.
Teniendo en cuenta que la finalidad de la acción de amparo interpuesta fue “evitar el trato desigualitario y discriminatorio que ocasiona en su aplicación práctica el dictado de la materia educación religiosa en las escuelas públicas”, y que la legislación provincial cuestionada por los amparistas tienen que ver con las categorías sospechadas incluidas en la ley nacional que pena los actos discriminatorios - 23.592 - el magistrado llevó a cabo la ponderación.

Primero, examinó los criterios expuestos en el caso “Portillo” (CSJN, 18/04/1989), de los que extrajo los siguientes:  
a) Aseguramiento de la libertad para todos quienes quieran habitar el suelo argentino, como propósito fundamental de la Constitución Nacional.

b) Ejercicio efectivo de las libertades consagradas para “no quedar reducidas a simples declaraciones de deseos”.
c) Ejercicio de libertades sujeto a limitaciones razonables establecidas por la ley “de tal modo de garantizar la igualdad de los individuos que, en lo atinente a sus creencias significa que se es igual por merecer el mismo respeto y consideración cualesquiera fuesen las ideas religiosas que se sostengan, y aun cuando ninguna se sostenga”.

d) Elemento clave en un estado democrático, la imparcialidad del Estado frente a los ciudadanos “aun cuando estos profesen cultos que la mayoría rechace”.
e) Democracia entendida de manera amplia, como “orden social destinado a la realización de la plena personalidad del der humano”, que se extiende a las minorías dándole sentido a la garantía de igualdad ante la ley.

f) “Unidad en libertad”, pero no uniformidad.
g) Respeto a la diversidad de pensamientos, no obligando a los ciudadanos a “una uniformidad que no se concibe con la filosofía liberal que orienta a nuestra norma fundamental”.

Extraídos los criterios, el juez sostuvo que “no se trata de desconocer los derechos de la mayoría, sino de tener presente los de la minoría”.
Los argumentos de la demandada analizados por el magistrado destacaron que la decisión política de enseñar religión en el nivel primario se encuadra en las disposiciones de la Constitución Nacional - art. 75 inc.22 -, Convención Americana sobre los Derechos Humanos - art. 12 – y ley 26.206, por lo que no habría inconstitucionalidad.

Respecto a las conductas de los funcionarios que de modo autoritario realizan actos e imponen a los niños la enseñanza de la religión católica, para la accionada no son tales y existiendo una confusión en los accionantes entre “actos de culto” y las clases de religión, ya que los casos en los que se invoca que a los alumnos se los obliga a rezar oraciones o incluirlas en sus carpetas no integran la materia”.
Los argumentos de la demandada se completaron con los de la Fiscalía de Estado al sostener que no hay discriminación pero lo que sí resultaría discriminatorio sería “pretender privar a todos esos niños y niñas de un derecho plasmado constitucionalmente”.

La ponderación de argumentos, derechos y normas, comienza a tomar color desde la perspectiva del respeto a los derechos de las minorías a no ser discriminadas por conductas de funcionarios y directivos en las escuelas públicas. Sostuvo el magistrado que “en el caso se ha probado la producción de conductas en los colegios públicos – las que no han sido cuestionadas por la demandada, sino por el contrario, como se destacó fueron confirmadas por esa parte”.
La inconstitucionalidad del contenido de toda la normativa invocada no lesiona la libertad de culto o de conciencia ya que no imponen religión alguna. Sin embargo, pone su acento en las prácticas y conductas llevadas a cabo por los responsables de implementar la materia. “Es - a mi entender – la Disposición General de Enseñanza Primaria y Educación Inicial, la que impone una práctica que no se condice con la efectiva vigencia de los derechos que se invocan lesionados” […] “es la forma práctica en que se ha implementado el dictado de la materia religión, que a través de motivos de diferenciación aparentemente neutros, los pone [a los alumnos] en una situación de evidente distinción”.

La decisión del magistrado, entonces, fue hacer lugar parcialmente a la demanda ordenando a la Provincia el cese inmediato de conductas que impongan prácticas de religión católicas, como también la adecuación de la materia religión “a los parámetros consignados en el considerando VI, en particular la Observación General n° 22 del Comité de Derechos Humanos y la Observación General n° 13 núm. 28 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”.
Es decir, por una lado, no obligar a los niños a revelar sus pensamientos o su adhesión a una religión o a unas creencias, y por otro, enseñar temas “como la historia general de las religiones y la ética en las escuelas públicas, siempre que se impartan en forma imparcial y objetiva, que respete la libertad de conciencia y de expresión”. Asimismo ordenó a la autoridad provincial el cese de actos impositivos de la religión católica.

4. La sentencia de la Corte de Justicia de Salta: adoctrinamiento religioso y programas alternativos para los no católicos.
La sentencia de Cámara fue apelada por las siguientes partes, cada una por diversos agravios:

a) Asesora de Incapaces N° 1 (interina en la Asesoría de Incapaces N° 2): por carecer una de las actoras (ADC), de legitimación para representar a todos los niños que concurren a las escuelas públicas, lo que hace extensivo a las madres/actoras ya que podrían existir intereses contrapuestos; por no haberse probado los actos discriminatorios; por no haber escuchado a los niños; y porque las medidas dispuestas perjudican a los padres que no poseen recursos para enviar a sus niños a un colegio privado que les brinde educación religiosa (este argumento aparecerá nuevamente al valorarlo la Corte).
b) Tres coactoras, entre ellas la Asociación por los Derechos Civiles: porque la solución dispuesta por el juez - a quo - no es suficiente para tutelar los derechos que se invocaron como lesionados. Reiteraron el pedido de inconstitucionalidad de la normativa provincial.

c) La Fiscal de Cámara: ya que las actoras carecen de legitimación para representar a todos aquellos a quienes afecta el fallo; por haber contradicciones en la sentencia ya que, por un lado, descarta la inconstitucionalidad de la normativa provincial, pero por otro, dispone la supresión de la enseñanza religiosa.
d) Ministerio de Educación: cuyos agravios pasan porque las actoras no agotaron otros procedimientos antes de recurrir a la justicia; falta de legitimación, ya que las actoras no representan a “clase” alguna; solicita la imposición de costas a las amparistas por la inconstitucionalidad rechazada.

La Corte provincial llevó a cabo el análisis de los argumentos. Veamos.
a) Relativos a la apelación de las actoras: aluden a la constitucionalidad de las normas en juego, tal como lo hiciera el juez a quo, respetuosas de las libertades de culto y de conciencia apoyándose en doctrina constitucional de perspectiva confesional, sobre todo a Bidart Campos.

Sin embargo, se puede disentir del siguiente párrafo: “En el caso, la libertad, aplicada al ámbito de la enseñanza escolar, no debe ni puede ser entendida en el sentido de la exclusión de todo lo religioso. La libertad se centra en la aptitud de elegir sin presiones físicas, morales o psíquicas el camino que lleve a la plenitud del ser y no en la imposición a todos los alumnos de una visión atea o agnóstica del mundo” (p. 13).
Varias observaciones caben acá: primera, no hay referencia alguna a los límites al ejercicio de la libertad religiosa que, como cualquier libertad regulada en nuestro ordenamiento jurídico, no es absoluta.

En segundo lugar, se da por sentado que una escuela pública es un lugar necesario para ejercer aquella libertad, cuando precisamente es al revés. Las autoridades públicas deberían garantizar espacios “laicos”, comunes a todos, libres de imágenes y adoctrinamiento religioso, cualquiera que sea.
Sale a nuestro encuentro el razonable criterio sostenido por la Jueza María Jeanneret de Pérez Cortés, quien en su pronunciamiento por el conflicto de la imagen de la virgen en la Corte de Justicia nacional, si bien consideró que la colocación de una imagen religiosa en un edificio público no resultaba arbitraria, sí dejó en claro que no en cualquier lugar ni de cualquier modo los creyentes pueden ejercer su libertad religiosa. Su opinión “no implicaba un juicio sobre la conveniencia del modo y lugar del emplazamiento de la imagen[4], criterio seguido por la Dra. Gelli en su obra, para quien el análisis de estos casos debe darse “… en la prudencia con la que también los creyentes, sin desmedro de su identidad de fe, deben actuar[5]

De modo que, como sucede en cualquier sociedad donde existan y garanticen espacios laicos, en la escuela pública perfectamente puede “excluirse lo religioso”. Su lugar está en los templos, iglesias, lugares de culto, procesiones comunitarias, y en las casas de familia. La escuela pública no es el lugar para el dogma religioso, sino de la ciencia y el conocimiento.
En tercer lugar, parecería que la Corte salteña considera que elegir un “camino que lleve a la plenitud del ser” sólo pueden hacerlo las personas que tienen una religión, considerando - erróneamente - que los sectores indiferentes a la religión, los ateos y agnósticos (cuyo porcentaje en la sociedad es el mayoritario), están “incapacitados” para construir una existencia en felicidad y plenitud. La expresión encierra un descomunal prejuicio que no resiste el menor análisis desde lo histórico, ético, antropológico y psicológico. 

Otro argumento mencionado por la Corte para justificar la constitucionalidad de las normas impugnadas es el siguiente: “La Argentina está jurídicamente estructurada desde su fundación como una nación católica apostólica romana y la Provincia de Salta - en particular – tiene una población mayoritariamente católica. Esto último se verifica en sus múltiples manifestaciones culturales y en las exteriorizaciones de su fe, como por ejemplo, la procesión en honor al Señor y la Virgen del Milagro que se realiza todos los años el día 15 de septiembre. Allí es posible constatar la cada vez más numerosa cantidad de habitantes de los diferentes pueblos de la Provincia que peregrinan hacia la Capital y cuyos hijos se verían privados, por la oposición de un grupo, de ser instruidos en la fe de sus mayores” (p. 13/14).
Para destacar: primero, el argumento que pretende “naturalizar” a la Argentina como país católico. Falso. El catolicismo fue la religión que impuso el conquistador español, nada hay de “natural” en eso. Luego del genocidio de los pueblos originarios, del saqueo y arrasamiento de culturas ancestrales, dicha religión se normativizó en los diversos pronunciamientos libertarios (a los que los papas se opusieron), y constitucionales, lo que para la Corte salteña significa que Argentina “está jurídicamente estructurada desde su fundación como una nación católica apostólica romana”. Es el viejo argumento que considera que “ser nacional equivale a ser católico”, que el historiador Loris Zanatta demostró que es un mito. Esta parte del argumento que comentamos, se cae desde la perspectiva historiográfica.

En segundo lugar, en la Argentina no hay mayoría de población católica. Sí existe un porcentaje mayoritario que se “declara” católico por ser bautizado como práctica cultural, pero que no practica la religión, es decir, no cree en dogmas, no celebra ritos, ni cumple mandatos morales. La mayoría a la que alude la Corte salteña es sólo nominal, donde el fenómeno que impera en la realidad es el de los “indiferentes” a cualquier religión, o el “cuentapropismo” religioso (creer sin pertenecer), según la sociología de la religión.
Erróneo es también ver en las “multitudinarias” marchas que hacen a la religiosidad popular un indicador que justifique enseñar religión en las escuelas. Las procesiones y fiestas religiosas comunitarias no implican adhesión en conciencia al resto de los postulados y dogmas. Como sostiene el sociólogo Fortunato Mallimaci “llenar plazas no significa automáticamente sumar pertenencias al grupo[6]. De manera que no enseñar religión en las escuelas públicas en nada afectaría la religiosidad de los niños que perfectamente podrían recibirla de sus padres y catequistas (por supuesto, si asistieran a sus clases de catequesis en las parroquias).

En Teoría de la argumentación, el argumento ad populum es un sofisma.
b) Relativos a los agravios de la demandada: ya se sostuvo que el a quo emplazó a la autoridad escolar a que cesen los actos impositivos de religión católica a los niños, incluyendo a la Disposición N° 45 que obliga a los padres a llenar formularios donde se pone en evidencia que no profesan el catolicismo. Esa disposición es violatoria de la intimidad de los ciudadanos. Sin embargo, para la Corte la medida es razonable y se ajusta a la constitucionalidad de las normas.

Aludiendo a la tensión que el a quo advirtió entre ambos grupos, los que quieren que sus hijos reciban educación religiosa, y los que no quieren, el máximo Tribunal se inclinó por la solución que “compatibiliza” ambos, “y no suprimir sin más el de una de las partes” (p. 19).
Es decir, se insiste en “meter a presión” la enseñanza religiosa bajo el justificativo de “armonizar” derechos en un espacio como las escuelas públicas donde la religión no tiene por qué estar ya que existen otros espacios para ella.

c) Relativos a la adecuación el dictado de la materia educación religiosa a los parámetros establecidos en los considerandos del fallo: La orden del juez a quo para que la autoridad escolar adecue el dictado de la materia en cuestión a disposiciones internacionales, que garantizan el no adoctrinamiento religioso, sino una perspectiva epistemológica más objetiva (historia de las religiones y ética laica), fue otro de los agravios analizados por la Corte.
Al respecto sostuvo que no hay confrontación entre normas provinciales y los tratados internacionales suscriptos por nuestro país “con la estipulación de exenciones no discriminatorias o alternativas que se adapten a los deseos de los padres o tutores [...] y sin que se trate de una educación obligatoria que incluya el adoctrinamiento en una religión o creencias particulares” (p. 20).

Lo expuesto sumado a la coincidencia con el criterio del Ministerio Público Fiscal y Asesor de Menores, en cuanto era necesario elaborar alternativas curriculares para los niños no católicos, permitió a la Corte revoca la sentencia que hizo lugar a la adecuación de la materia a parámetros educativos más objetivos.
Es decir, da luz verde a las prácticas religiosas, “las que deberán efectuarse durante el horario fijado para la enseñanza de la materia” y dispone que la autoridad respectiva “arbitre un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica” (p. 41).

5. Epílogo
Los breves comentarios a un fallo polémico, que no hemos agotado, han permitido acercarnos a una faceta del problema religioso, cual es, el de su enseñanza en escuelas públicas, no confesionales.

Decididamente, la argumentación más ajustada a los tiempos que corren, de pluralidad, diversidad y laicidad, fue la del juez a quo. No así la de la Corte de Justicia que se apoya en argumentos perimidos, que no resisten el menor análisis desde lo epistemológico.
La gran pregunta que queda flotando es cómo se compatibilizará el conocimiento científico que se le imparte a niños y niñas, con el dogma religioso, máxime cuando en el caso de la religión católica los sociólogos hablan de “catolicismos”, en plural, por su evidente división de perspectivas internas.

El tiempo dirá si también se presentan los problemas que se observan en otros países, como por ejemplo, España, donde el despido de profesores de religión porque sus conductas “no se ajustan” a los parámetros de la moral católica, tachándolos de no idóneos por los obispos católicos, han repercutido en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Por ello es cada vez más necesario consolidar la laicidad como el escenario que permite aquellos objetivos que hacen al bienestar general, rompiendo las cadenas de las férulas religiosas.

Es lo que el autor citado al comienzo del presente trabajo confirma: “A mi juicio, los rasgos fundamentales de la laicidad  - condición indispensable de cualquier verdadero sistema democrático – son dos: primero, el Estado debe velar porque a ningún ciudadano se le imponga una afiliación religiosa o se le impida ejercer la que ha elegido; segundo, el respeto a la leyes del país debe estar por encima de los preceptos particulares de cada religión”[7].


[1] SAVATER, Fernando, Diccionario del ciudadano sin miedo a saber, Ariel, Barcelona, 2007, p.39.
[2] El teólogo suizo Hans Küng, haciendo referencia al fenómeno de la violencia religiosa, tiene acuñada una fórmula: “No habrá paz entre las naciones, sin paz entre las religiones”.
[3] Al respecto, sostiene el teólogo español Juan José Tamayo que “la religión ya no es necesaria para fundar la moral. La motivación última de la acción moral es el deber por el deber, no el deber basado en una ley o en un mandamiento divino”. “La religión no resulta necesaria para fundamentar las buenas costumbres. Además, no se ha caracterizado precisamente por esa tarea, sino por todo lo contrario: banderías, guerras civiles, opresión, esclavitud, dirá Hume”.  “Iglesia Católica y Estado laico”, en www.raco.cat/index.php/revistacidob/article/viewFile/69482/79716
[4] GELLI, María Angélica, Constitución de la Nación Argentina: Comentada y Concordada. 3ª edición. Buenos Aires. La Ley. 2008. P. 142.
[5] Op. cit. p. 143
[6] Globalización y modernidad católica: papado, nación católica y sectores populares, en Aurelio Alonso (comp.), América Latina y el Caribe. Territorios religiosos y desafíos para el diálogo, Buenos Aires, CLACSO, 2008.
[7] Ibid.

Artículo publicado en Revista Jurídica La Ley, Suplemento Constitucional, agosto de 2013, N° 5, p. 63.

lunes, 29 de julio de 2013

¿BLANQUEO DEL SEPULCRO, O DEJA VU CATÓLICO EN BRASIL?

“Tengo la impresión de que el cristianismo oficial ya ha cargado sobre sus espaldas su propio y efectivo final, pero que aún no se ha dado cuenta de ello. La Iglesia, como institución moral y como organización social, es algo que merece respeto y sostén, quizá incluso hasta merece una parte de los impuestos, pero no hay mucho más que esto […] En verdad las iglesias ya no tienen nada para decir que no podría ser dicho aun si ellas no existieran; ya no tienen nada específicamente cristiano para decir” (1)

El escenario pesimista trazado en el párrafo precedente por el filósofo alemán Herbert Schnädelbach es lo que el papa argentino trató de revertir en las Jornadas Mundiales de la Juventud católica que esta vez tuvieron su sede en Brasil, el país con mayor cantidad de católicos del mundo, no importando que esa mayoría sea sólo nominal y que esté compuesta por todos aquellos a los que desde bebés se le impuso la religión de sus padres, condenándolos a ser súbditos de un monarca teocrático.
El objetivo primario de Bergoglio, sacar a la institución del “ojo de la tormenta”, mediante un cambio de imagen que incluye el propio rol de papa, tuvo como punto de partida un festival de demagogia compuesto por gestos cuidadosamente planificados, que guardaron continuidad con los llevados a cabo en el Vaticano.

En esta oportunidad se manifestaron en un viaje “austero”, en la cercanía con los periodistas acreditados, discursos empalagosos ante diversos públicos, abrazo a adictos a las drogas en un hospital dirigido por franciscanos, visita a la favela Varginha, mucho llanto de niños, mucho pensamiento mágico, y altas dosis de “humildad” para demostrar, por un lado, el costado humano del papa, y por otro, una institución “cercana” a la gente.
Austeridad que, salvo para los ingenuos y crédulos que por estos días abundan, no debería llamar la atención si se tiene en cuenta que el papa argentino, como jesuita, realizó votos de pobreza y siempre vivió así. No hay novedad ni sacrificio alguno en su comportamiento. Tampoco en su visita a la villa de emergencia ya que también lo hacía en Buenos Aires.

Las masas respondieron con el efecto natural de toda conducta demagógica: el culto a la personalidad del líder religioso estuvo presente con todas sus características, como la adulación, la adoración unipersonal, y la recepción sin crítica de sus expresiones, fenómenos que alimentarán los estudios y análisis de los sociólogos de la religión.
Aquellas actividades no sólo podrían considerarse pinceladas destinadas a blanquear el sepulcro institucional que le dejó su antecesor -  con ayuda del clero y un sector del laicado sumiso y servil -, sino que en muchos de sus aspectos parecieron un gran deja vu, algo ya visto en anteriores jornadas católicas y discursos papales.

Los temas que abordó el pontífice romano pueden analizarse en dos planos: el interno de la Iglesia Católica, y el relacionado con la sociedad laica y plural, indiferente a las religiones, cada vez más lejos de una institución que en pleno siglo XXI pretende funcionar como veedor social, por arriba de ciudadanos/as y de los Estados.
1. El escenario interno

¿Cómo se arengó a la militancia católica? Con viejas herramientas, oxidadas hace tiempo pero que volvieron a barnizarse. Repasemos brevemente algunas:
- Catequesis retro: ser misericordiosos, solidarios, ir a las periferias a hacer proselitismo religioso, es decir, evangelizar; ser misioneros (el arcaico método que se aplicaba en “tierras de infieles”, aún vigente), ser “atletas de Cristo” (frase copiada a los evangélicos), difundir la fe católica “sin miedo”, salir de las parroquias, “nadar contracorriente”, léase, defender a rajatabla la ideología elaborada por los obispos, fueron algunas de las recomendaciones contenidas en el discurso papal. Todo ya visto.

Este tipo de mensaje vacío de contenido trae a la memoria lo que el propio Ratzinger pensaba de los teólogos, a quienes en 1968 comparaba con un payaso viejo: “Se conoce lo que dice y se sabe también que sus ideas no tienen que ver con la realidad. Se le puede escuchar confiado, sin temor al peligro de tener que preocuparse seriamente por algo”. (2)
Esa vieja catequesis también estuvo presente en las predicaciones llevadas a cabo por numerosos obispos, entre los cuales puede destacarse, como ejemplo, la efectuada por el polémico Juan Antonio Reig Pla, Obispo de Alcalá de Henares, Madrid, España, relativa a la sexualidad: “Usted me pregunta por las píldoras que siendo anticonceptivas también tienen efectos abortivos. Debe entenderse que más allá de los efectos o de los dinamismos llamados de barrera, como el profiláctico o el condón, más allá de los que impiden la unión del óvulo y el espermatozoide, todo sistema de anticoncepción químico, incluido el dispositivo intrauterino, tiene efectos colaterales que pueden ser abortivos. Es decir que esto no es simplemente la anticoncepción sino aborto.

La mentira que nos venden es decir que uno es dueño de las fuentes de la vida y por ello decide cuándo tener o no tener vida. O decir que uno es dueño de su sexualidad y decide cuándo tener o no relaciones, simplemente con el consentimiento del otro. Eso no es verdad. El dueño de la vida y sus fuentes es Dios, no nosotros, y Él quiere que a través del amor del esposo y la esposa hayan hijos e hijas de Dios cuyo destino es Dios mismo en el cielo y la gloria” […] “La anticoncepción y la salud reproductiva lo que quieren es promover la reducción de los hijos de Dios” (3).
El breve ejemplo, deja ver que nada nuevo existió en el adoctrinamiento y catequesis llevados a cabo en las jornadas, y hasta resultan lógicos si se tiene en cuenta la adscripción al integrismo religioso que tiene Bergoglio por más “humo renovador” que quiera vender. La obsesión por controlar cuerpos y violar conciencias de las personas sigue intacta.

- Misma estructura: si la catequesis ha sido la misma que ya demostró su fracaso, también es similar el modelo de institución que se observó en la realización de las jornadas: netamente clerical, jerárquico, vertical, donde obispos y curas “pavonearon” su popularidad; con instalación de confesionarios para seguir controlando qué piensan los católicos, con liturgias repetitivas. El mismo absolutismo monárquico, aunque con cambio de estilo en el rol papal.
Y la misma impronta patriarcal. Salvo el párrafo que a modo de excepción pudo leerse, dirigido al sector mayoritario dentro de la iglesia, es decir, a las mujeres, no hubo ninguna novedad en cuanto a cómo puede mejorarse su participación, sobre todo, en el legítimo derecho que tienen a tomar decisiones en los grandes problemas que aquejan a la institución.

Como nos recuerda el teólogo Juan José Tamayo “en el cristianismo primitivo las mujeres gozaban de los mismos carismas que los varones y los desarrollaban en el seno de las comunidades sin discriminación alguna. Algunas de las comunidades fueron fundadas por mujeres: por ejemplo, la de Filipos, por Lidia” (4).
El problema en este punto va más allá de la imposición de la perspectiva patriarcal ya que la discriminación hacia las mujeres está normativizada en el Código Canónico.  

Párrafo aparte merecen dos menciones: al clericalismo, que a modo de reproche les formuló a los obispos; y a los homosexuales.
El primero, una autentica lacra institucional, principal causa del alejamiento de la Iglesia Católica del cristianismo originario, lo enfocó al que se verifica en el interior de las parroquias, con un laicado servil y obsecuente, y obispos y curas “mandones”. En el caso del clero, el problema es que en los seminarios son formados para “pastorear rebaños”, frase insultante si las hay. El clericalismo que criticó es, precisamente, el que se observó en las Jornadas Mundiales de la Juventud. Más de lo mismo.

Pero eso es un reduccionismo. El clericalismo es un fenómeno mucho más amplio y dañino que se manifiesta fuera de las iglesias, proyectándose hacia los planos políticos, jurídicos y sociales. “En el clericalismo religión y política se entrecruzan y la Iglesia se vale del Estado, o del poder político, para reafirmar un sistema de poder eclesiástico, o el Estado, o el poder político, se vale de la Iglesia para afianzar el sistema de gobierno o las situaciones político-sociales”. (5)
Los tres últimos documentos de la Conferencia Episcopal Argentina son una muestra de auténtico clericalismo argentino, fomentado por un sector de la clase política servil y obsecuente. Ponga el lector sus propios ejemplos.

En cuanto a la referencia a los homosexuales, anunciada por los medios como algo “revolucionario”, no es más que lo dispuesto en el catecismo católico donde se sostiene que a los gays no hay que juzgarlos sino tratarlos caritativamente. Pero sigue la condena a los “actos homosexuales” calificados de “desviados”. Es como decir: “Te queremos, pero eres un enfermito”. La violencia doctrinal e institucional hacia este colectivo sigue vigente. Se le sumó un poco más de hipocresía.

- Mensaje social repetitivo: lo mismo puede decirse del mensaje “social” que les dio a los jóvenes, y que algunos periodistas exultantes calificaron de “provocador”.
La “provocación” no fue otra que la vuelta a la ideología plasmada en documentos de la década del 60, como los surgidos en el Concilio Vaticano II, con más de cuarenta años de antigüedad. No hace falta decir los cambios políticos, sociales, culturales, jurídicos y económicos que surgieron desde esa época hasta nuestros días, la irrupción de nuevos actores políticos, sociales y culturales; los nuevos derechos, sobre todo, los que tienen que ver con la bioética, con la familia, la sexualidad y derechos reproductivos, los derechos de las mujeres, para darnos cuenta que la visión social del Vaticano II, en numerosos aspectos, ha caducado.

El deja vu social pudo verse en la crónica del corresponsal de uno de los mayores diarios nacionales, quien sostuvo que Bergoglio lanzó una “fórmula sociopolítica” mediante la creación de una alianza entre jóvenes y viejos, mezcla entre experiencia y vitalidad. Nada nuevo.
- Ausencia absoluta de referencias a las víctimas de curas pederastas: el descomunal “elefante blanco” y uno de los grandes motivos por los cuales renunció Benedicto XVI, estuvo invisibilizado en las Jornadas Mundiales de la Juventud.

Quedó demostrado que al clero cómplice y a la masa cobarde poco les importan los miles de niños y niñas abusados y vejados, dándole prioridad a una “amnesia” generalizada sobre el tema. ¿Habrán puesto en las “intenciones” de la eucaristía a las víctimas del clero delincuente? ¿Se habrá rezado públicamente por ellos, por su recuperación?
Podrá argumentarse que Bergoglio continúa la política de “tolerancia cero” puesta en marcha por uno de los mayores encubridores de curas pederastas, Benedicto XVI. El problema es que las normas “nuevas” son un ruin maquillaje, ya advertido por las organizaciones defensoras de víctimas abusadas. El mantenimiento del “secreto pontificio” es una pequeña prueba.

La “frutilla del postre” fue anunciar las próximas jornadas en Cracovia, todo un símbolo, que recuerda a otro de los principales responsables de encubrir abusadores con sotana: Juan Pablo II.
Los breves ejemplos mencionados demuestran que en Brasil el objetivo primario se cumplió (blanqueo del sepulcro), mientras que no hubo novedad alguna en el mensaje estrictamente religioso.

Le queda al papa argentino la descomunal tarea de las grandes reformas internas, en cuento estructura, organización, funcionamiento, transparencia, ideología, doctrina y dogmas, que en el país carioca no aparecieron ni por asomo.
2. El escenario secular y laico

Toda acción institucional emprendida por la Iglesia Católica en este tipo de eventos tiene efectos en el accionar estatal, y Brasil no fue la excepción.
Los gastos que al erario público demandó la visita del papa fue el principal foco de conflicto y cuestionamiento teniendo en cuenta que la coyuntura económica y social del país es de crisis, con numerosas protestas de los “indignados” que, además de reclamar por el gasto público en la organización del mundial de futbol y olimpíadas, también incluyeron los gastos por la seguridad del Jefe del Estado vaticano, totalmente inoportunas.

Dichas críticas fueron contestadas con el argumento que siempre aparece en los países donde se organizan las jornadas: creación de puestos de empleo, e impacto económico que “amortiza” el gasto público. Pura lógica capitalista.
Párrafo aparte merecería el análisis de quiénes fueron los sponsors privados del papa. Más de uno se llevaría una sorpresa, ya que dichas empresas privadas no se caracterizan, precisamente, por la promoción de las clases marginadas.

Ningún cambio existió en esto.
- ¿Nuevo horizonte en las relaciones Estado-Iglesia?: lo más jugoso estuvo en un discurso pronunciado ante las autoridades políticas brasileñas donde pidió a los estados respeto a la libertad religiosa, valorando el aporte de “las  grandes tradiciones religiosas” en la convivencia democrática, haciendo extensiva dicha valoración a la laicidad del Estado.

Dijo el papa: “Es imposible imaginar un futuro para la sociedad sin una incisiva contribución de energías morales en una democracia que no sea inmune de quedarse cerrada en la pura lógica de la representación de los intereses establecidos”.
Señaló que “es fundamental la contribución de las grandes tradiciones religiosas, que desempeñan un papel fecundo de fermento en la vida social y de animación de la democracia”.

“La convivencia pacífica entre las diferentes religiones se ve beneficiada por la laicidad del Estado, que, sin asumir como propia ninguna posición confesional, respeta y valora la presencia del factor religioso en la sociedad, favoreciendo sus expresiones concretas”.
Finalizó diciendo que “el diálogo es la única alternativa para lograr la unidad de los pueblos”. (6)

Para destacar en este punto: primero, la contribución de las religiones a la cultura de los países es un hecho incuestionable.
Sin embargo, es falsa la “contribución” del catolicismo a las democracias. En Argentina, la Iglesia Católica avaló todos los golpes de estado y dictaduras militares que ocurrieron desde 1930 hasta la de 1976/1983. En esta última, siendo cómplices del robo de niños nacidos en centros clandestinos de detención, permitiendo la desaparición y asesinato de sus propios cuadros “subversivos” (laicos y religiosos), bajo el argumento de defender el “ser nacional” y la “civilización occidental y cristiana”.

El propio pensamiento episcopal sostiene que “La Iglesia respeta la legítima autonomía del orden democrático; pero no posee título alguno para expresar preferencias por una u otra solución institucional o constitucional, ni tiene tampoco la tarea de valorar los programas políticos, si no es por sus implicaciones religiosas y morales”. (7)
Esto explica la histórica alianza clerical tanto con gobiernos dictatoriales, como totalitarios (nazismo y fascismo). Y en su propia organización y funcionamiento tampoco hay “fermento” democrático.

Segundo, ¿a qué “energía moral” se habrá referido Bergoglio? Por supuesto, a la moral católica, la misma que fue usada como “caballito de batalla” en los últimos documentos de la Conferencia Episcopal Argentina (firmados también por él), donde se pretende que las leyes y políticas públicas del estado aconfesional se sometan a la ley moral “natural” y “objetiva”, la que supuestamente ha dictado su dios, y que debe imponerse sí o sí a todos los habitantes, avasallando conciencias y formas de vida diversas. Es la continuidad del pensamiento totalitario de Juan Pablo II y Benedicto XVI.
Tercero, el “guiño” a la laicidad del Estado la hace dentro de la ideología clerical que, precisamente, da vuelta la noción de laicidad sujetándola a la religión, es decir, a lo que dice el papa y los obispos. Esa es la “sana” laicidad. Una vil trampa.

Si realmente valorara la laicidad habría solicitado la denuncia del Concordato de 1966, la eliminación de las “asignaciones” mensuales que todos los argentinos les pagan a los obispos católicos, como también todos los privilegios que obtuvieron del genocida Videla.
Sumado aquello, el respeto a la laicidad se consolidaría si la institución no se entrometiera en las cuestiones de la sociedad civil siendo coherente con la tradicional solicitud que siempre hace al Estado: que no intervenga en sus asuntos. Eso significa valorar la laicidad. Ninguna novedad existió en este punto sino más de lo mismo.

3. La esperanza católica
La retahíla de gestos demagógicos, el cambio de estilo en el rol papal, las incipientes instrucciones para reformar organismos obsoletos y corruptos (Curia vaticana y el IOR), rumores de “levantamiento” de sanciones a teólogos disidentes, permiten hablar a los sectores moderados y progresistas católicos de “esperanza” en el plano interno, propio de la institución. El conservadurismo y el extremismo están agazapados porque, o no digieren a los jesuitas, o directamente no toleran a Bergoglio a quien consideran un hereje.

¿El festival de gestos demagógicos se traducirá en políticas y documentos? Eso está por verse. A priori, las libertades para los católicos siguen sometidas a la férula de las sotanas, al clericalismo.
La vieja catequesis (controlada por el clero), es el primer obstáculo que los católicos deberán seguir sorteando para religarse con su dios. Dice Drewermann: “… la Iglesia Católica enseña que no existe una inmediatez legítima en la relación con Dios. Para religar al hombre y Dios, al hombre y el cielo, se recurre, pues, a una jerarquía compleja que parte de Dios, pasa por el Espíritu Santo, la madre de Dios, los arcángeles, los ángeles incluidos los ángeles de la guarda, para llegar hasta los santos patronos y todos los demás santos. A todo lo cual hay que añadir los méritos conseguidos por la Iglesia… Este proceso celeste se prolonga en la tierra a través del papa y los obispos, a continuación vienen los sacerdotes, los sacramentos, los lugares de peregrinación, los tiempos especiales para la oración, los formularios para rezar, las indulgencias, las donaciones pecuniarias… Sólo después de hacer honor a todo esto, se podrá franquear el abismo que separa al hombre de Dios.

¿Hay alguien que pueda imaginar que va a encontrar a Dios en medio de toda esta acumulación de instancias?” (8)
El desafío para Bergoglio es plasmar esa supuesta flexibilidad que mostró en Brasil en el reconocimiento de una mayor libertad a los católicos observantes. Pero eso tiene una contra: profundizaría la creciente “protestantización” que ya ocurre entre sus fieles, muchos de los cuales son partidarios del “cuentapropismo” espiritual.

Si en las JMJ se vivió el deja vu de la no interpelación de los jóvenes a un papa, si no hubo debate, ni tampoco “lío” (como pidió que sucediera en las diócesis), ni cuestionamiento alguno a nivel doctrinal, dogmático y, sobre todo, pedido de explicaciones ante el descomunal bochorno de los abusos sexuales del clero, podría pensarse que la institución seguirá fomentando el infantilismo.
4. Balance: sepulcro blanqueado, repetición de lo ya vivido, e interrogantes varios

Los encuentros multitudinarios, los ánimos exultantes, los “tirones de orejas”, el show mediático, la espiritualidad centrada en la experiencia emocional y los buenos sentimientos, le alcanzaron a Bergoglio (y al poder vaticano), para blanquear nuevamente el sepulcro.
La dinámica, organización, discursos, catequesis, adoctrinamiento, y “buena onda”, fueron un calco de lo vivido en jornadas juveniles pasadas. Otro deja vu cuyos efectos, seguramente, ratificarán lo que los sociólogos vienen diciendo hace tiempo: “llenar plazas no significa automáticamente sumar pertenencias al grupo”. (9)

El mensaje del papa argentino, una especie de espuma compuesta por palabras bonitas y “cancheras” sobre diversos temas, demuestran, una vez más, la formidable hipocresía que impregna el mundo clerical y vaticano.
Nos cuenta Drewermann: “Con grandes alardes publicitarios se había organizado una feria religiosa, de cuya celebración sus organizadores tuvieron sumo cuidado en informar a todo el mundo. En el primer pabellón se daba cuenta de que Dios es bueno, pero que sólo eligió un pueblo para hacerlo suyo. En el segundo pabellón, se argumentaba que Dios es todo misericordia, pero que sólo comunicó su mensaje a un hombre, a su profeta. En el tercer pabellón, se enseñaba que Dios es indulgente, pero que sólo deja entrar en el cielo a los que son miembros de la Iglesia. “¿Qué sabes de mí?”, le pregunta Dios al visitante al final del recorrido. “Que eres limitado, cruel y fanático”, responde el visitante. “Precisamente por eso no vine a esta feria - le contesta entonces Dios -. No me interesan lo más mínimo las religiones. Lo que me preocupa es el hombre”. (8)   

Nosotros agregamos: la autonomía del hombre, es decir, lo que catolicismo romano nunca podrá entender, salvo que se convierta al cristianismo.

Notas

(1) Citado por Matteo, Armando, Credos Posmodernos: de Vattimo a Galimberti, los filósofos contemporáneos frente al cristianismo, Buenos Aires, Marea, 2007, p. 181.
(2) Estrada, Juan Antonio, “Los conflictos teológicos en una sociedad moderna”, en www.elpais.com/diario/2007/03/17/sociedad/1174086011_850215.html

(3) Lea la mejor catequesis pro-vida y contra el aborto de la JMJ Río 2013 en español, en www.aciprensa.com
(4) Tamayo, Juan José, , Nuevo paradigma teológico, Madrid, Editorial Trotta, 2004, p. 90.

(5) Bada, Joan, Clericalismo y anticlericalismo, Madrid, B.A.C., 2002, P. 10.

(6) Link permanente: http://www.mdzol.com/nota/479921/

(7) N° 424, en www.vatican.va/.../rc_pc_justpeace_doc_20060526_compendio-dott-soc...

(8) Drewermann, Eugen, Dios inmediato, Madrid, Editorial Trotta, 199, p. 57.
(9)  Mallimaci, Fortunato, Globalización y modernidad católica: papado, nación católica y sectores populares, en Aurelio Alonso (comp.), América Latina y el Caribe. Territorios religiosos y desafíos para el diálogo, Buenos Aires, CLACSO, 2008.

(10) Op. cit. p. 57.

domingo, 14 de julio de 2013

CUESTIÓN SACERDOTES PEDERASTAS

Comparto artículo del Blog Alerta Religión relativo al problema de los curas pederastas y la reacción del Vaticano ante el emplazamiento de la ONU. Abajo está el link del sitio.

 

ONU llamando al Vaticano

Como probablemente sepa el lector, el Vaticano ha sido llamado por la ONU a responder sobre una lista de puntos relacionados con los abusos sexuales a menores cometidos por sacerdotes, religiosas e instituciones de la Iglesia Católica. El Vaticano es miembro observador de la ONU y ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), por lo cual está obligado a responder. Hace 15 años que no lo hace y esta vez las preguntas son mucho más incisivas y detalladas que nunca. En 2011, presionado, el Vaticano amenazó con retirarse de la CDN, como indica EuroXpress:
Los especialistas de Naciones Unidas preguntan para iniciar la lista de interrogantes si la «Iglesia católica reconoce estos casos de violencia sexual contra menores por parte de miembros del clero, sacerdotes y monjas de varios países» y les interroga sobre «informaciones detalladas en todos los casos».

El CDN ha preguntado, por ejemplo, cómo estaba asegurándose el Vaticano de que los curas abusadores no tuvieran más contacto con niños y qué instrucciones había emitido la Santa Sede para asegurar que los casos conocidos por la Iglesia sean reportados a la policía.

Los expertos también investigan si la Iglesia ha silenciado a algunos niños víctimas de abusos sexuales y preguntan sobre la veracidad de las denuncias a la Iglesia en varios países, entre ellos Estados Unidos e Irlanda, donde ha sido acusada de trasladar a curas sospechosos de una diócesis a otra y de manejar el tema de manera secreta.

En su investigación también cuestionan las medidas adoptadas para prevenir y condenar los castigos corporales en algunas escuelas católicas y para evitar una educación de género discriminatoria en estos centros.

El comité también preguntó si la Iglesia había investigado el Asilo de las Magdalenas por las denuncias de tortura y tratos degradantes ocurridos en Irlanda entre 1922 y 1996 a miles de mujeres explotadas en las lavanderías de la congregación católica.
Casi al mismo tiempo nos encontramos con la noticia de que el Papa Francisco acaba de aprobar una importante reforma de las leyes penales de la Santa Sede, poniéndolas a tono con la legislación europea e internacional, y en particular agravando las penas para los abusadores y violadores de menores.

En una nota para la Rationalist Association (la Asociación Racionalista del Reino Unido), Anna Vesterinen se pregunta, más bien retóricamente: “¿Está el Vaticano poniendo sus cosas en orden o encargándose de su imagen?”. Es que la coincidencia en el tiempo entre la convocatoria de las Naciones Unidas y este cambio legal no es —casi con seguridad— una verdadera coincidencia.
«El endurecimiento del trato a los sacerdotes pedófilos por parte del Vaticano no tiene precedentes, dado que lo más cercano al abuso sexual que la legislación del estado incluía previamente era una nebulosa idea de crímenes contra las “buenas costumbres”. Pero el hecho de que el anuncio se haya hecho apenas dos días después de que saliera a la luz la lista de la CDN pone en duda la motivación real que hay detrás de las reformas. El director de [la organización de víctimas de sacerdotes abusadores] SNAP, David Clohessy, comentó sobre la nueva prohibición de abusos sexuales a niños: “En el mundo real, esto no cambia prácticamente nada. Es precisamente la clase de gesto de ‘buena onda’ en el que se especializan desde hace tiempo los funcionarios vaticanos: retocar protocolos eclesiásticos contra el abuso, insignificantes y frecuentemente ignorados, para generar titulares positivos, pero nada más.” Añadió: “La jerarquía de la Iglesia no necesita nuevas reglas sobre el abuso. Lo que necesita es seguir leyes seculares que hace tiempo que están vigentes.”

»El hecho de que la pena por filtrar documentos internos sea más severa que la que les cabe a quienes cometan abuso infantil (a los filtradores les pueden caber ocho años en prisión si el material concierne a los “intereses fundamentales” de la Santa Sede o sus relaciones diplomáticas) debería decirnos algo sobre las verdaderas prioridades de las autoridades católicas.»
Los gestos simbólicos y las grandes reformas en papel son inútiles; peor que inútiles: meras distracciones. El hecho de que la Santa Sede sea un estado ya es una burla. Sin la inmunidad diplomática que esto le confiere al Papa, el predecesor de Francisco ya habría tenido que responder a muchas preguntas, y Francisco mismo habría tenido que pasar sus primeros días de pontificado desfilando por cortes judiciales. El Vaticano es una caricatura de estado soberano que nunca debió existir ni tener derecho a imponer leyes dentro de su minúsculo territorio, que ha servido (y sirve todavía) de refugio a criminales. La única reforma satisfactoria es la disolución del estado vaticano como tal y la adopción por parte de la Iglesia Católica de las leyes de los países donde está presente, que en su inmensa mayoría no esperaron hasta la segunda década del Tercer Milenio para decidir que violar niños es ilegal.
 
Link: alertareligion.blogspot.com/2013/07/onu-llamando-al-vaticano.html

domingo, 7 de julio de 2013

MUJERES Y RELIGIÓN

Comparto la conferencia del teólogo español Juan José Tamayo que me fuera enviada por mi compañera de Profesionales Latinoamericanos contra el Abuso de Poder, Lily Basalo.


REFLEXIONES SOBRE LAS MUJERES EN LAS RELIGIONES Y LA TEOLOGÍA FEMINISTA

Conferencia pronunciada en la inauguración de la Escuela de Teología Feminista, de la Asociación Católicas por el Derecho a Decidir de El Salvador 

(San Salvador, 28 de junio de 2013)

Juan José Tamayo

Director de la Cátedra de teología y Ciencias de las Religiones. Universidad Carlos III de Madrid

            Deseo expresar mi agradecimiento a la Asociación Católicas por el Derecho a Decidir en El Salvador por haberme invitado a pronunciar esta conferencia en la inauguración de la Escuela de Teología Feminista que se desarrollará de julio a diciembre de 2013 con un programa estructurado en torno a tres núcleos fundamentales: Historia de la Teología Feminista; Derechos Humanos de las mujeres, un compromiso ético y teológico; sexualidad y Corporalidad.
            La invitación constituye para mí un honor y un desafío. Uno honor, ya que supone tener el privilegio de asistir a la colocación de la primera piedra de una de las experiencias teológicas más prometedoras: el nacimiento de la primera Escuela de Teología Feminista en El Salvador, que enriquecerá, sin duda, la teología latinoamericana de la liberación con nuevas aportaciones desde la perspectiva de género. Un desafío, porque esta conferencia, de carácter introductorio, analiza críticamente la actitud de las religiones hacia las mujeres y pone las bases para una teología feminista de la liberación elaborada a partir de las categorías de la teoría feminista: género, patriarcado, autonomía, subjetividad, pacto entre mujeres, violencia de género, pacto entre mujeres,  etc.   

            Cinco son las ideas que voy a desarrollar sistemáticamente en esta conferencia:
 1. Las religiones nunca se han llevado bien con las mujeres –tampoco hoy-, que son las eternas olvidadas y las grandes perdedoras.

2. Las religiones han ejercido todo tipo de violencia contra las mujeres: física, psicológica, religiosa y simbólica.
3. Sin embargo, las mujeres son las más fieles seguidoras de los preceptos religiosos, las mejores educadoras en las diferentes fes y las que, por paradójico que parezca, mejor reproducen la estructura patriarcal de las religiones.

4. Pero cada vez es mayor el número de mujeres que se rebelan contra las religiones, sin abandonar el espacio religioso, se organizan autónomamente, se apartan de las orientaciones morales que les impone el patriarcado religioso y viven la experiencia religiosa desde su propia subjetividad, sin tener que pasar por la mediación de los varones.
5. De esta  rebelión ha surgido en todas las religiones una nueva forma de pensar y de reformular las creencias y las prácticas religiosas: la teología feminista.

1. Las mujeres son las grandes olvidadas y perdedoras de las religiones 
            a) Las mujeres en las religiones no son reconocidas como sujetos morales: se las considera menores de edad que necesitan guías espirituales varones que les conduzcan por la senda de la moralidad, les digan lo que es bueno y lo que es malo, lo que pueden y no pueden hacer, sobre todo en materia de sexualidad, de relaciones de pareja y en la educación de sus hijos. Las normas morales a cumplir por las mujeres –alejadas, cuando no contrarias, la mayoría de las veces, a las orientaciones igualitarias de los fundadores y fundadoras- son dictadas por los varones, que se las imponen como de obligado cumplimiento.

            En el imaginario patriarcal religioso, influido por los clérigos, imames, rabinos, lamas, gurús, pastores y maestros espirituales, las mujeres son consideradas tentadoras, ligeras de conducta, amorales, etc. Esa imagen se ha elaborado a partir de determinados textos de algunos libros sagrados escritos en lenguaje patriarcal, considerados válidos en todo tiempo y lugar, y leídos  con ojos fundamentalistas y mentalidad misógina.
            b) Las mujeres casi nunca son reconocidas como sujetos religiosos. En no pocas religiones la divinidad suele ser masculina y tiende a ser representada sólo por varones. De lo que Mary Daly concluye, creo que certeramente: “Si Dios es varón, el varón es Dios”. Así, los varones se sienten legitimados divinamente para imponer su omnímoda voluntad a las mujeres y el patriarcado religioso –Dios, en definitiva- legitima el patriarcado en la sociedad. Precisamente porque sólo los varones pueden representar a Dios, sólo los varones pueden acceder al ámbito de lo sagrado, al mundo divino,  entrar en el sancta sanctorum; subir al altar, ofrecer el sacrificio, dirigir la oración comunitaria en la mezquita, presidir el servicio religioso en las sinagogas (con algunas excepciones).

            Sólo los varones pueden ser sacerdotes en la Iglesia Católica, imames en el islam y rabinos en el judaísmo ortodoxo, sin que haya texto sagrado alguno que excluya a las mujeres. En la Iglesia católica la ordenación sacerdotal de mujeres es considerada delito grave al mismo nivel que la pederastia, la herejía, la apostasía y se castiga de manera más severa que la pederastia: con la excomunión. La oración comunitaria de los viernes presidida por mujeres es calificada de profanación de lo sagrado. En la Iglesia católicas, las mujeres pueden consagrar su vida a Dios, pero, en razón de su sexo, no pueden representar a Dios. En las mezquitas las mujeres suelen estar separadas de los hombres -¿para no contaminar?-, son colocadas en la parte superior tras una celosía, e incluso a veces tienen que entrar por una puerta distinta de la de los hombres.
            c) Las mujeres difícilmente son reconocidas como sujetos teológicos. Las instituciones religiosas suelen poner a las mujeres todo tipo de trabas para el estudio y la docencia de la teología, para la interpretación de los textos sagrados, para la reflexión sobre la fe, etc.  Y cuando deciden u osan pensar la fe y hacer teología desde sus experiencias de sufrimiento y de lucha, e interpretar los textos de sus respectivas religiones desde la propia subjetividad, desde sus experiencias vitales, suelen ser acusadas de entrar en un terreno que no les corresponde y de caer en el subjetivismo. ¡Como si los varones no lo fueran en sus lecturas e interpretaciones! En la mayoría de las religiones la teología está escrita con caracteres masculinos.

            d) La organización de las religiones se configura la mayoría de las veces patriarcalmente: todos los sacerdotes católicos y todos los imames son varones; el Dalai Lama es varón; la mayoría de los rabinos y de los lamas son hombres. Por ello, las religiones bien pueden definirse como perfectas  patriarquías.  Hay, con todo, honrosas excepciones en las iglesias de tradición protestante, que ordenan pastoras, sacerdotisas y obispas a las mujeres. Práctica que debería generalizarse para terminar con la discriminación de género en el acceso a los ministerios ordenados
            e) Las mujeres acceden con dificultad a puestos de responsabilidad en las comunidades religiosas. El poder suele ser detentado por varones. A las mujeres les corresponde acatar las órdenes. Lo que tiende a justificarse por el discurso androcéntrico de las religiones apelando a la voluntad divina: es Dios quien encomienda el poder y la autoridad a los varones. En el caso del cristianismo, se apela a Jesús para cerrar el paso a la ordenación sacerdotal de las mujeres. Lo acaba de afirmar el papa en el libro-entrevista con el periodista Peter Seewald: No es que no queramos ordenar a las mujeres sacerdotes, no es que no nos guste. Es que no podemos, porque así lo estableció Cristo, que dio a la Iglesia una figura con los Doce y, después, en sucesión con ellos, con los obispos y los presbíteros (los sacerdotes). En otras palabras, que sólo ordenó sacerdotes a hombres. ¡Machismo duro y puro y lectura androcéntrica de la Biblia para legitimar la organización patriarcal de la Iglesia!

            Yo me pregunto: ¿las iglesias cristianas, cada vez más numerosas, que ordenan a mujeres y les reconocen funciones sacerdotales y episcopales, están transgrediendo el mandato de Cristo o aplican en sus comunidades el principio evangélico y democrático de igualdad entre hombres y mujeres?
            Con la Biblia cristiana en la mano y desde una hermenéutica de género hay que decir: a) que lo que pone en marcha Jesús de Nazaret no es una Iglesia jerarquico-patriarcal como la actual, sino un movimiento igualitario de hombres mujeres; b) que Jesús de Nazaret no ordenó sacerdotes ni a hombres ni a mujeres. Todo lo contrario: excluyó directa y expresamente de la nueva religión el sacerdocio y eliminó el templo como lugar de culto proponiendo como alternativa  la adoración “en espíritu y en verdad”. El cristianismo, como dijera lúcidamente Díez-Alegría, es una religión ético profética, no ontológico-cultural. Con la historia de la Iglesia en la mano y las investigaciones arqueológicas puede afirmarse que durante varios siglos las mujeres ejercieron funciones sacerdotales y episcopales. ¿No es la historia, para la Iglesia, “maestra de la vida”?

            f) Las religiones legitiman de múltiples formas la exclusión de las mujeres de la esfera pública, de la vida política, de la actividad intelectual, del campo científico, y limitan sus funciones al ámbito doméstico, a la esfera de lo privado, a la educación de los hijos e hijas, a la atención al marido, al cuidado de los enfermos, perdonas mayores, etc.  Cualquier tipo de presencia de las mujeres en la actividad política o social es considerado ajeno a la “identidad femenina” (¿?) y un abandono de su verdadero campo de operaciones, que es el hogar., con la consiguiente culpabilización. A lo sumo defienden que la mujer pueda realizarse en el hogar y en el trabajo, lo que no se aplica a los hombres.
            h) La mayoría de las religiones niegan a las mujeres el reconocimiento y el ejercicio de los derechos reproductivos y sexuales:

            - Las mujeres no son dueñas de su propio cuerpo, que es controlado por los confesores, directores espirituales, esposos, etc.
            - A las mujeres no se les permite planificar la familia: deben tener los hijos y las hijas que Dios quiera, los que Dios les mande, no los que ellas libremente decidan.

            - No pueden ejercer la sexualidad fuera de los límites impuestos por la religión (matrimonio, heterosexualidad). La práctica de la sexualidad fuera del matrimonio o con personas de otro sexo es prohibida y condenada expresamente.

            - Son consideradas impuras por la menstruación.

            - Si deciden interrumpir el embarazo, incluso ateniéndose a la ley, son acusadas de pecadoras y criminales y se pide para ellas incluso penas de cárcel. En la condena y criminalización del aborto coinciden  los líderes religiosos, por ejemplo, del catolicismo y del islam.
            - Las mujeres no pueden utilizar métodos anticonceptivos, porque eso implica poner obstáculos a la vida.

            2. Las religiones han ejercido históricamente -y siguen ejerciendo hoy- distintos tipos de violencia contra las mujeres: física, simbólica y religiosa.
            Los textos sagrados dejan constancia de ello. Justifican pegar a las mujeres, lapidarla, ofrecerlas en sacrificio para cumplir una promesa y para aplacar la ira de los dioses, dejarlas encerrada en casa hasta que se muera, imponerles silencio, no reconocerles  autoridad, no valorar su testimonio en igualdad de condiciones que a los varones, etc.  Las prácticas religiosas vienen a ratificarlo. A las mujeres no se les reconoce la presunción de inocencia, sino que se las presume culpables mientras no se demuestre lo contrario. Son ellas las que caen en la tentación y tientan a los varones, y por eso merecen castigo.

            Algunos Padres de la Iglesia las consideran “la puerta de Satanás” y la “causa de todos los males”. Un teólogo tan influyente en el cristianismo como Agustín de Hipona llega a afirmar que la inferioridad de la mujer pertenece al orden natural. Otro teólogo tan decisivo en la teología cristiana como Tomás de Aquino define a la mujer como “varón imperfecto”. Lutero habla de las mujeres como inferiores de mente y cuerpo por haber caído en la tentación y afirma que las mujeres han sido creadas sin otro propósito que el de servir a los hombres y ser sus ayudantes.
            La violencia de los hombres de Iglesia contra las mujeres, incluidos los santos como Agustín de Hipona, es descrita con toda su crudeza y realismo en una escena de la novela de Jostein Gaarder Vita brevis, que recoge la carta dirigida por Floria Emilia a Aurelio Agustín, con quien había vivido en concubinato doce años: 

            “Una tarde, cuando habíamos compartido de nuevo los regalos de Venus, te volviste de pronto airado hacia mí y me golpeaste. ¿Recuerdas que me golpeaste? ¡Tú, precisamente tú que antaño fuiste un respetable profesor de Retórica, me pegaste brutalmente porque te habías dejado tentar por mi ternura! Sobre mí recayó la culpa de tu deseo... Obispo, pegaste y gritaste porque me había convertido de nuevo en una amenaza para la salvación de tu alma. Cogiste una vara y me golpeaste de nuevo. Pensé que querías acabar con mi vida porque eso hubiera sido para mí lo mismo que castrarte. Pero yo no temía por mi vida, sólo estaba destrozada, tan decepcionada y avergonzada de ti que recuerdo claramente que deseé que me mataras de una vez”[1].

Tras relatar la agresión con pelos y señales, Floria comenta que no fue a ella a quien golpeó Agustín, sino a Eva, a la mujer, y le recuerda, citando a Publio Sirio, que quien se comporta injustamente con una persona, amenaza a muchas personas. Al final de la carta le confiesa al obispo de Hipona con justificado dramatismo: “Siento escalofríos porque temo que lleguen tiempos en los que las mujeres sean asesinadas por hombres de la Iglesia de Roma"[2]. Y sigue planteado una pregunta escalofriante: “Pero, ¿por qué se las habría de matar, honorable obispo? Porque os recuerdan que habéis renegado de vuestra propia alma y atributos, pensáis. ¿Y en favor de quién? En favor de un Dios, decís, en favor de Él que ha creado el firmamento que os cubre y la tierra sobre la que viven las mujeres que os dan a luz”[3].

La antigua compañera de Agustín dice a los hombres de Iglesia que, si Dios existe, los juzgará por los placeres a los que han dado la espalda y por negar el amor entre hombre y mujer. Floria Aurelia termina la carta comunicando al obispo que si fue él quien se ocupó de hacerle llegar sus Confesiones para que se bautizara, no le va a dar esa satisfacción.

3. Sin embargo, las mujeres son las más fieles seguidoras de las religiones

            Hay quienes hablan de que la orientación femenina hacia la religión es innata, más aún, genética, que las mujeres son por naturaleza más crédulas y, por eso, son más asiduas a las actividades religiosas. Ninguna investigación genética lo demuestra. Se trata de un estereotipo cuyo objetivo es someter a la mujer a las restrictivas y represivas orientaciones religiosas. Quienes así piensan, se olvidan de que tradicionalmente ha sido a las mujeres a quienes más se ha inculcado el sentimiento religioso. Se trata, por tanto, de un proceso inducido, que responde a una determinada educación y aprendizaje.
            Las mujeres son las mejores transmisoras de las enseñanzas religiosas a sus hijos en la familia y a los niños y niñas en los espacios religiosos a través de la educación religiosa. Ellas son también las que mejor reproducen la organización patriarcal y la ideología androcéntrica y las que más practican las religiones. 

4. Rebelión de las mujeres
             En las últimas décadas asistimos a una auténtica rebelión de las mujeres en el ámbito de las religiones, tanto a nivel personal como colectivo, tanto en el interior de las religiones como en la sociedad.

            a) A nivel personal, transgrediendo conscientemente las normas y orientaciones en materia de sexualidad, relaciones de pareja, planificación familiar, opciones políticas, etc.
            b) En el interior de las religiones, creando movimientos y asociaciones de mujeres que ejercen su libertad de organización y funcionan autónomamente al margen de los varones e incluso enfrentadas con las autoridades religiosas.

            c) En la sociedad, participando activamente en los movimientos feministas y en las organizaciones sociales como expresión de la convergencia en las luchas por la emancipación de las mujeres y como forma de comprometerse con los sectores más vulnerables de la sociedad.
            d) La rebelión de las mujeres dentro de las religiones constituye uno de los hechos mayores y de más profunda significación en la historia del fenómeno religioso, que tiene importantes repercusiones políticas y sociales. Supone un avance en la lucha por la emancipación de las mujeres y por la liberación de los marginados y excluidos. Por eso la rebelión feminista de las mujeres creyentes debe contar con el apoyo de los colectivos y las personas religiosas, pero también con el de todos los ciudadanos y ciudadanas comprometidos en la lucha por la emancipación de los pueblos sometidos a las distintas formas de opresión.

            La indignación de las mujeres creyentes constituye la respuesta a la situación de indignidad en que son situadas en el seno de la mayoría de los sistemas de creencias, de las religiones y de los movimientos espirituales.
5. Teología feminista

            Fruto de esta rebelión ha surgido una nueva manera de vivir y de pensar la fe religiosa desde la propia subjetividad de las mujeres en las diferentes religiones, sobre todo cultivada por mujeres: la teología feminista, que:

            a) Parte de las experiencias de sufrimiento, de lucha y de resistencia de las mujeres contra el patriarcado y sus diferentes manifestaciones.
            b) Recupera la memoria de las antepasadas que trabajaron por avanzar la historia hacia la libertad de los oprimidos y por la emancipación de las mujeres contra todo tipo de discriminación.      
            c) Reescribe la historia de las religiones desde la perspectiva de género dando voz y protagonismo a las mujeres silenciadas por el patriarcado religioso.
            d) Utiliza las categorías de la teoría de género para analizar críticamente las estructuras patriarcales y los discursos androcéntricos de las religiones y proponer una teología alternativa que contribuya a la emancipación de las mujeres en todos los ámbitos de su existencia.

            La teología feminista no es una teología regional que se ocupe temáticamente de cuestiones relativas a las mujeres, ni que interese solo a las mujeres y sea elaborada por mujeres. Se trata de una teología:
a) fundamental, que intenta dar razón de la fe en Dios no sometida al modelo divino patriarcal y en el seguimiento de Jesús conforme al movimiento igualitario de hombres y de mujeres que decidieron seguirle;
b) de la liberación, que quiere contribuir a la salvación de todos los oprimidos y a la transformación de las estructuras religiosas del dominio masculino;
c) crítica, que recurre a los métodos histórico-críticos y a la teoría feminista y utiliza una hermenéutica de la sospecha para leer los textos fundantes de las religiones en perspectiva de género. La hermenéutica de la sospecha que se extiende también a las traducciones e interpretaciones, en su mayoría hechas desde presupuestos andro-antropo-céntricos;
d) que reconoce a las mujeres como sujetos religiosos, morales y teológicos, como interlocutoras directas de Dios sin la mediación de los varones y portadoras de gracia y salvación. Las teologías feministas están desarrollándose en la mayoría de las religiones.

A la revolución feminista, la primera de carácter pacifista de la historia, el patriarcado responde con la violencia de género. A la teología inclusiva de género, muchas religiones responden con la exclusión de las mujeres. 
Conclusión

            . En el siglo XIX las religiones perdieron a la clase obrera porque se colocaron del lado de los patronos que los explotaban y condenaron las revoluciones sociales que luchaban por una sociedad más justa y solidaria. Los trabajadores dieron la espalda a las religiones porque se sintieron traicionados por ellas, alejándose, la mayoría de las veces, del mensaje igualitario y solidario de los orígenes.
            . En el siglo XX las religiones perdieron a los jóvenes y a los intelectuales por sus posiciones filosóficas y culturales integristas, alejadas de los nuevos climas de la modernidad.

            . Si continúan por la senda patriarcal por la que ahora caminan, en el siglo XXI las religiones perderán a las mujeres, hasta ahora sus mejores y más fieles seguidoras.
           Sin la clase trabajadora, sin los jóvenes, sin los intelectuales y sin las mujeres, las religiones habrán llegado a su fin. Y no podrán echar la culpa de su fracaso a nadie. Ellas mismas se habrán hecho el harakiri.

(Para una profundización de estas ideas, cf. Juan José Tamayo. Otra teología es posible. Pluralismo religioso, interculturalidad y feminismo, Herder, Barcelona, 2012, 2ª ed., especialmente el capítulo “Revolución feminista en la teología, pp. 213-265).

 



    [1] Jostein Gaarder, Vita brevis. La carta de Floria Emilia a Aurelio Agustín, Siruela, Madrid, 1997, pp. 112-113.
 [2] Ibid., 126.
[3] Ibid, 126-127.

miércoles, 3 de julio de 2013

SOBRE EL BANCO VATICANO

Comparto nota publicada en el diario Página 12 de Buenos Aires.

Es un banco técnicamente criminal”
La historia que narran sobre el banco vaticano es un viaje tan exhaustivo como espeluznante al corazón de una entidad financiera cuyas prácticas estuvieron hasta ahora en total contradicción con el mensaje moral de la Iglesia.
 
Por Eduardo Febbro
Desde Roma
Cada mes que transcurre, el papa Francisco completa un poco más la obra inconclusa de su predecesor, Benedicto XVI. El teólogo duro y poco amigo de los medios había comenzado una profusa obra de limpieza en el seno de uno de los organismos bancarios más secretos y sucios del mundo, el IOR, el Instituto para las Obras de Religión, el banco del Vaticano. La guerra interna que desencadenó ese histórico intento de poner término a las prácticas tramposas heredadas del pontificado de Juan Pablo II condujo a la inédita renuncia de Joseph Ratzinger. La guerra por el control del IOR y por impulsar cambios que pusieran al banco del Vaticano en sintonía con un mínimo de las reglas internacionales es uno de los motivos que explican el alejamiento de Benedicto XVI.

Francisco siguió la obra iniciada por Ratzinger: apenas electo papa, retiró los exorbitantes privilegios económicos de que gozaban (25 mil dólares) los cinco miembros de la comisión cardenalicia que supervisaba –inútilmente– las actividades del banco: luego nombró una comisión de cinco miembros encargada de investigar la situación económica y jurídica del banco del Vaticano. Dicha comisión está presidida por el cardenal salesiano Raffaele Farina –80 años– y su meta consiste en proponer una reforma del banco para que “los principios del Evangelio impregnen también las actividades de carácter económico y financiero”. Por último, Bergoglio terminó por decapitar la cúpula del IOR y poner el banco bajo su mando. La Santa Sede anunció ayer la renuncia del director general, Paolo Cipriani, y del vicedirector, Massimo Tulli (ver pág. 25). Esta serie de decisiones no tiene precedentes en la negra historia del IOR. A pesar de que el Muro de Berlín se cayó hace mucho –1989–, el banco del Vaticano siguió operando como si el mundo no hubiese cambiado. Juan Pablo II había hecho del IOR el brazo armado de su estrategia contra el comunismo. Para recabar fondos con el fin de usarlos en la lucha contra el comunismo y la Teología de la Liberación, el papa polaco contrató a una inusual galería de cardenales corruptos y mafiosos asesinos. Entre éstos se destacan tres: el banquero de la mafia Michele Sindona; el banquero al frente del Banco Ambrosiano, del cual el IOR era el accionista mayoritario, Roberto Calvi; el arzobispo norteamericano Paul Marcinkus, quien pasó de guardaespaldas de Pablo VI a presidente del IOR, y el cardenal venezolano Rosalio Castillo Lara. Sindona murió envenenado en la cárcel y Calvi apareció colgado en el puente londinense de los Frailes Negros. Bergoglio ha puesto esta vez un límite entre aquellas historias y el futuro. Hace un par de días la Santa Sede se puso a disposición de la Justicia italiana y ello permitió el arresto del monseñor Nunzio Scarano, apodado Monseñor 500 por su gusto pronunciado y demostrativo por los billetes de 500 euros. Scarano, un miembro de los Carabineros, Giovanni Maria Zito, y el trader Giovanni Carenzio están acusados de haber montado circuitos paralelos de lavado de dinero a través del IOR.

Se podría escribir una historia tan extensa y cautivante como la Comedia Humana de Balzac sobre el inescrupuloso banco del Vaticano. Hasta hoy, la mejor historia la escribieron Maurizio Turco, Carlo Pontesilli y Gabriele Di Battista. Su libro Paradiso IOR es un viaje tan exhaustivo como espeluznante al corazón de una entidad financiera cuyas prácticas estuvieron hasta ahora en total contradicción con el mensaje moral de la Iglesia. En esta entrevista exclusiva con Página/12 en Roma, Maurizio Turco y Carlo Pontesilli analizan el pasado turbio y el porvenir aún incierto del IOR.

–Ustedes no dudan en calificar al IOR como un banco criminal. Tratándose del Vaticano ese calificativo sorprenderá a mucha gente.

Carlo Pontesilli: –El IOR es un banco que goza de una extraterritorialidad mundial. El IOR es un territorio de bandas oscuras, de capitalistas aventureros, de financistas inmorales, de dinero del crimen organizado que circuló a través del banco y también, por supuesto, el dinero de la corrupción de la clase política italiana. Todo gracias a una normativa que protegió al banco y a sus actividades a lo largo de las últimas décadas.

–¿Esto es un recuento histórico o una realidad aún presente?

C. P.: –No, esto no pertenece al pasado en el sentido de que las condiciones que permitieron todas esas irregularidades aún se siguen dando dentro del IOR. Todo este sistema pudo funcionar debido a una falta absoluta de control por parte de Italia y de la misma Unión Europea, que no controló lo suficiente como debió hacerlo. La verdad es que ese pasado negro no se acabó todavía. Nuestra tesis consiste en decir que un banco no puede coincidir con una religión. Por eso confiamos mucho en el papa Francisco para que esto cambie, esperamos que haga lo que hizo San Francisco, quien no sólo ayudó a los pobres, sino que también fue pobre él mismo. No se puede estar de acuerdo con un banco que funciona a través de un sistema técnicamente criminal.

–Criminal es una palabra muy fuerte...

C. P.: –Sí, es un banco técnicamente criminal. El crimen es todo aquello que viola la normativa. A partir del momento en que un banco del Vaticano viola la normativa sobre el lavado de dinero, la normativa monetaria mundial, a partir del momento en que el banco del Vaticano recibe a personajes turbios, no se lo puede calificar de otra manera. La historia reciente está llena de episodios terribles: asesinatos, muertes sospechosas, quiebras bancarias, dinero del crimen organizado. En suma, a un banco así sólo se lo puede definir como técnicamente criminal.

–Ustedes hablan concretamente de falta de control. ¿Qué significa eso?

C. P.: –Significa que al banco del Vaticano entra dinero que luego termina en todos los mercados mundiales sin que nadie sepa nada. Por ejemplo, en teoría, el estatuto del IOR dice que sólo los miembros de la Iglesia pueden tener una cuenta en el banco. Pero no es exactamente así. Sabemos que detrás de las cuentas abiertas por los religiosos se esconden los verdaderos titulares: hombres políticos, mafiosos. Sería bueno saber quiénes son esos laicos que operan a través del banco del Vaticano y gozan del estatuto offshore del IOR para operar en el mercado financiero. El IOR tiene, por ejemplo, unos 300 millones de dólares invertidos en Estados Unidos. Pero no se sabe dónde. ¡Imagínese que se descubre que ese dinero está invertido en sectores como el mercado de las armas o de los organismos genéticamente modificados!

–Para ustedes, esa manera oculta de operar es la que permite todos los abusos imaginables... y más allá.

Maurizio Turco: –Desde luego, el tema no son las cuentas secretas, eso no existe, sino las cuentas enmascaradas. Por ejemplo, el IOR hacía un giro a nombre de IOR hacia otro banco, y también a nombre del IOR. Eso no se puede hacer. El problema es que al banco del Vaticano se le permitió operar en todo el planeta enviando el dinero de un banco a otro sin que se supiera a quién pertenecía ese dinero y sin decir que ese dinero era de la Iglesia. Teóricamente, ese dinero debe servir para las obras religiosas. Pero no. Hemos visto que ese sistema de enmascaramiento de las cuentas funcionó en todo el mundo: ¡la Iglesia universal tiene el banco universal para el reciclaje universal!: IOR, Instituto para las obras de reciclaje... Lo último que uno puede imaginar es que el banco del Vaticano intente lavar dinero. Pero es así porque no tiene ninguna obligación, ni interna ni externa. No le rinde cuentas a nadie. Son muy pocas las personas que saben a quién pertenecen realmente las cuentas abiertas dentro del IOR.

–En suma, el banco del Vaticano fue una suerte de eslabón libre de toda norma y obligación.

M. T.: –Así es. A lo largo de todos estos años el IOR pudo operar en el corazón de Europa, pero no en nombre de intereses europeos o nacionales, sino en nombre de intereses personales. Esto quiere decir en nombre de los intereses de hombres del crimen y de la política. El banco del Vaticano es un seguro absoluto de que no se sabrá a dónde va el dinero, ni a quién pertenece.

Fuente: Página 12.