sábado, 9 de diciembre de 2017

Delegados del Diablo

El caso Próvolo ha permitido ratificar que la Santa Sede no solo mantiene la red de pederastia institucionalizada sino que, además, continúa con su prolija práctica de violar el derecho internacional de los derechos humanos.
No se contenta con no garantizar derechos de niños, niñas y adolescentes dentro de los espacios eclesiásticos sino que se niega a informar a las autoridades estatales y a los organismos internacionales el estado de sus procedimientos internos.
Ejemplo de ello es la actuación de la delegación que la Santa Sede envió a Mendoza para investigar - de modo paralelo al estatal - los hechos ocurridos en el referido instituto.
Intereses vaticanos
En todo momento, quedó en claro qué intereses representaron los enviados papales: los de un estado extranjero que, de más de un centenar de instrumentos internacionales sobre derechos humanos, sólo ha ratificado poco más de una decena.
En relación al caso Próvolo, la cuestión se agrava porque además de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre la iglesia católica no ha firmado ni ratificado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer(CEDAW) y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD). Mientras que la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, sólo la ha firmado pero no ratificado, es decir, todavía no asume las obligaciones que surgen de ella.
En cuanto a la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC), la viene incumpliendo sistemáticamente desde su firma y ratificación, sea por no presentar en tiempo y forma los informes quinquenales que los Estados partes se obligan (14 años de incumplimientos), sea por no haber cumplido con las 9 exhortaciones urgentes que el Comité de los Derechos del Niño le hizo a la Santa Sede en 2014.
Basta con leer el Nº 43 pto. b de las "Observaciones finales sobre el segundo informe periódico de la Santa Sede, elaboradas por el Comité de los Derechos del Niño": "Aunque la Santa Sede estableció su jurisdicción plena sobre los casos de abuso sexual de niños por clérigos en 1962 y los puso bajo la competencia exclusiva de la Congregación para la Doctrina de la Fe en 2001, se ha negado a suministrar al Comité datos sobre todos los casos de abuso sexual de niños que se señalaron a su atención durante el período que se examina, y el resultado del procedimiento interno en estos casos".
Dicho de otro modo, estamos frente a un Estado violador serial de derechos humanos, donde el colectivo de mujeres y niños es el más perjudicado.
Contumacia clerical fundada en una prebenda legal
La negativa de la delegación vaticana de suministrar información a la justicia penal mendocina es continuidad de aquella política. Pero, además, y para no perder la costumbre de utilizar los privilegios que las dictaduras militares le concedieron, sacaron a relucir el mismo argumento que les sirve para no cumplir las leyes de la república: la vigencia del Concordato de 1966.
El tratado, un verdadero fósil normativo que crea a favor de la iglesia católica un enclave jurídico dentro del ordenamiento jurídico nacional, tiene como principal eje la garantía del estado de no entrometerse en los asuntos de la iglesia (la recíproca no existe, ya que la iglesia se entromete en los asuntos de la república y en la vida privada de sus habitantes).
Dos cuestiones caben advertir en este punto: primera, los asuntos eclesiásticos no se reducen a lo meramente religioso sino que hay muchos de ellos con efectos civiles y penales. Segundo, hete aquí la descomunal impunidad que existe puertas adentro de la institución religiosa ya que como el estado no se inmiscuye, se violan derechos de las personas a más no poder. Es el oscurantismo medieval y el abuso de poder en pleno siglo XXI.
Lo del concordato es uno de los demonios eclesiásticos desatados por el caso Próvolo y que en algún momento el estado deberá evaluar si conviene mantenerlo. No en vano Antonio Gramsci calificó la actitud de un estado firmante de capitulación: "La capitulación del Estado moderno que se verifica por los concordatos se disfraza identificando verbalmente concordatos y tratados internacionales: en el concordato se realiza de hecho una interferencia de soberanía en un solo territorio estatal, ya que todos los artículos de un concordato se refieren a los ciudadanos de uno solo de los Estados contratantes, sobre los que el poder soberano de un Estado extranjero justifica y reivindica determinados derechos y poderes de jurisdicción (aunque sea de una especial determinada jurisdicción)" (Las maniobras del Vaticano, Buenos Aires, Ediciones Godot Argentina, 2010, p. 53/54).
Pero la contumacia de la delegación clerical no se agotó en la negativa a brindar información, en invocar el privilegio del concordato y ostentar su repugnante impunidad. También salieron a sostener la indefendible inocencia del Arzobispado de Mendoza, uno de los responsables civiles del daño físico, moral y psicológico sufridos por los niños, niñas y adolescentes del Próvolo.
Estado e iglesia ¿eternos adláteres?
No está bien parado el estado provincial en materia de responsabilidad y hacer la vistagorda ante el incumplimiento de la delegación vaticana, tampoco lo favorece. Todo lo contrario, estaría convalidando el proceder ilegal de un estado extranjero violador serial de derechos humanos.
No haber controlado la aplicación de los tratados referidos y legislación complementaria (Convención de Belem do Pará y ley 26.485), haber omitido los dictámenes del Ministerio Público Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tutelan los derechos de las personas con discapacidad, sumados al ridículo hecho por dos comisiones de la legislatura de Mendoza, concurriendo a hacer la genuflexión al domicilio del obispo católico, en reunión a puertas cerradas y a espaldas de los padres de niños abusados, son hechos que ratifican la complicidad.
De modo que adquiere fundamental importancia la actuación del Poder Judicial, por cuanto el desempeño de sus funcionarios y magistrados podría agravar (o no), la evidente responsabilidad internacional de Mendoza, construida prolijamente por las omisiones del ejecutivo y el servilismo clerical del legislativo.
La justicia provincial tuvo oportunidad de expedirse en el conflicto suscitado entre derechos humanos y el derecho canónico que dio origen a los autos Nº 86.326, caratulados "G.I.R. contra A.M. por D. y P." y donde la Suprema Corte de Justicia de Mendoza sostuvo que "Considerar que la Iglesia Católica, en su calidad de persona pública no estatal, se encuentra obligada a cumplir con el deber de informar que consagran los Tratados internacionales de Derechos Humanos, no implica en modo alguno vulnerar el Derecho Canónico ni el Concordato firmado con la Santa Sede".
El poder judicial de la provincia tiene la oportunidad de estar a la altura del respeto de los derechos humanos, actuando con independencia e imparcialidad, sin prestar oídos a una corporación religiosa a la que nunca le interesaron las víctimas de abuso sexual.
De lo contrario, el caso Próvolo será otro ejemplo que confirme la affectio societatis del Estado con la eterna carnicera de la humanidad.
Abog. Carlos Lombardi
Asesor de la Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual Eclesiástico de Argentina y de la Rete L'Abuso, Associazione italiana vittime di preti pedofili.

RELIGIÓN EN LA ESCUELA PÚBLICA: COMO EL AGUA Y EL ACEITE

El factor religioso irrumpe nuevamente en la vida política de nuestro país. Esta vez, de la mano de un proyecto de libertad religiosa enviado por el oficialismo al Congreso de la Nación y un planteo de inconstitucionalidad presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que en la provincia de Salta se enseña religión católica en las escuelas públicas, gratuitas y laicas. Haremos foco en la segunda cuestión.
Tal vez se piense que el debate es anacrónico y antiguo, o que la cuestión fue resuelta hace tiempo por el gobierno de Julio A. Roca a través de la ley 1420 y que los demonios confesionales ya no mortificarían más a la sociedad secular y sus libertades. No es el caso de nuestro país.
1. Salta, la linda y clerical
La cuestión salteña obtuvo dos pronunciamientos disímiles: el de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, y el del máximo Tribunal de justicia de la provincia. Este último fue el que avaló la enseñanza de religión en las escuelas públicas y que fue impugnado de inconstitucional por un grupo de padres no creyentes.
Como sostuvimos oportunamente[1], el Estado del noroeste argentino parece ser tierra fértil para el integrismo religioso, es decir, para aquel sector de creyentes que conforme los caracteriza Umberto Eco, presionan para que sus dogmas y doctrinas sean el molde de la vida política, social, y fuente de las leyes.
Esa tendencia extrema e impositiva de religiosidad se ha visto plasmada en políticas públicas de la provincia norteña, en el caso que nos ocupa, en la Ley Provincial de Educación N° 7546 cuyo artículo 27 inciso ñ establece como uno de los objetivos de la educación primaria en la provincia el de “brindar enseñanza religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase, atendiendo a la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos. Los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa”.
Las observaciones - a priori - de la norma permiten señalar, en primer lugar, que la autoridad escolar considera que es positiva la enseñanza de religión, soslayando el oscuro y violento pasado de muchas de ellas, sobre todo de las que “en nombre de Dios” mataron y asesinaron a miles de personas, precisamente, por no aceptar ni creer su fe y dogmas[2]
La segunda cuestión a observar, es que la materia religión forma parte del plan de estudios junto a las ciencias que se imparten en el sistema primario, con la debida adecuación a niños de corta edad. Surge acá el error de colocar a lo pseudocientífico e indemostrable, junto a las ciencias y al conocimiento.
La tercera observación, es que se justifica la enseñanza religiosa en el derecho de los padres y tutores a imponer a sus hijos y pupilos sus convicciones religiosas, derecho relativo y cuestionable si los hay.  Se suma a ello un prejuicio: considerar que todos los padres tienen creencias religiosas (y las practican), cuando el fenómeno que se observa en la realidad argentina y mundial es el contrario: la mayoría de los ciudadanos/as no practican religión alguna, es decir, son indiferentes al fenómeno religioso, Salta incluida.
Finalmente, permitir que la autoridad religiosa (obispos, pastores, imanes, rabinos), sean quienes fijan los contenidos de la materia y otorgan el aval para que los docentes tengan habilitación es una flagrante violación al sistema representativo y republicano.
La respuesta del máximo tribunal de justicia salteño no extrañó: convalidó la enseñanza religiosa en las escuelas públicas. Así llegó la cuestión a la Corte nacional que decidió abrir el debate a la ciudadanía y actores de ambos sectores (laicos y clericales), mediante audiencias públicas.
2. El oficialismo y su impronta confesional
El debate que se desarrolla en Poder Judicial Federal viene precedido por declaraciones del ex ministro de educación de la Nación, Esteban Bullrich. Sostuvo el funcionario: “vendría muy bien que todas las religiones tengan su espacio en las escuelas” […] “Por más que soy católico, trato de ser un apóstol y buen discípulo, sí creo que en las escuelas debemos enseñar otras religiones también, que también tienen lecciones para aprender”[3]
No son casuales las declaraciones del ex ministro. Católico confeso, es un exponente de la clericalizada clase política argentina, sobre todo, por la sombra que el papa Francisco ejerce sobre numerosos asuntos públicos de la república y la influencia en no pocos dirigentes.
Es que si bien el monarca teocrático se ha mostrado contrario al clericalismo dentro de su institución[4], en la vida política lo fomenta. Ejemplo de ello es la organización de congresos mundiales sobre medio ambiente, seguridad, trata de personas, justicia, sumados a la labor de su ONG preferida - Scholas Occurrentes- , fundación que vincula a escuelas de todo el mundo con el nombre del Papa como bandera. Se suma el alineamiento de vastos sectores de la dirigencia política en el sentido amplio del término[5]
El contexto, más la actitud del ex ministro Bullrich (que antepone su religión a la gestión laica de la cosa pública, que es de todos los ciudadanos, sean religiosos o no), explican esta - por ahora - pretensión del oficialismo de volver al pasado, incorporando la religión como materia en la currícula de las escuelas públicas.
3. ¿Batalla final?
Afortunadamente, razones electorales hicieron que el referido ministro dejara la cartera de educación y fuera suplantado por otro (Alejandro Finocchiaro), quien se pronunció a favor de la laicidad en las escuelas públicas.
Sin perjuicio de ello, los abanderados del dogmatismo nunca descansan. Según las épocas tendrán mayor o menor éxito en su influencia en la arena pública.
La educación siempre ha sido un escenario codiciado ya que necesitan del aparato del estado para adoctrinar e inocular lo que en sus propios espacios no pueden hacer. Es que sus propios cuadros – los bautizados – ya no creen en dogmas, ni aceptan doctrinas, ni cumplen sus mandatos morales.
No hay descanso en la lucha por la autonomía del hombre y por su emancipación de las cadenas del dogmatismo y la sumisión intelectual.
Será pues la firmeza de la clase dirigente en la defensa de las libertades laicas, valores republicanos y principios del estado constitucional de derecho los que permitirán que el futuro de la educación pública sea promisorio.
Enseñar religión en la escuela pública no lo garantiza.

Carlos Lombardi
Abogado
Prof. de Derecho Constitucional
UNCuyo - Mendoza



[1] Educación religiosa en escuelas públicas de Salta ¿Necesidad o imposición?, Suplemento La Ley, Constitucional, agosto 2013, N° 5, p. 63 y ss.
[2] El teólogo suizo Hans Küng, haciendo referencia al fenómeno de la violencia religiosa, tiene acuñada una fórmula: “No habrá paz entre las naciones, sin paz entre las religiones”.
[3] “Esteban Bullrich, a favor de que todas las religiones tengan su espacio en la educación”, en http://www.telam.com.ar/notas/201704/186699-esteban-bullrich-espacio-todas-las-religiones-educcaion.html
[4] “Papa Francisco advierte: El clericalismo es un grave peligro para la Iglesia”, en https://www.aciprensa.com/noticias/el-papa-advierte-que-el-clericalismo-es-una-grave-peligro-para-la-iglesia-40242/. Sostuvo: “Uno de los peligros más graves, más fuertes de la Iglesia de hoy es el clericalismo” dijo a los religiosos. Así, los animó a trabajar “con los laicos”: que sean ellos los que vayan adelante, los que tengan la valentía de ir adelante, y vosotros sostenedles y ayudadles como sacerdotes, como religiosos”.
[5] Exponente del fenómeno son “Los Laudatos”, una cofradía integrada por políticos, empresarios y sindicalistas argentinos quienes se reúnen en secreto y han elaborado un documento denominado "El Modelo Argentino", basado en los postulados de la encíclica papal "Laudato Si".